Residencial
Requisitos
.Ponemos a su disposición el Instructivo para facilitar el acceso a trámites de electricidad, conforme a la “Ley de protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos”, para que acceda a estos de forma ágil, oportuna y transparente.
Estos requisitos son establecidos por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), según Ley 7593, publicada en La Gaceta No. 85 del 5 de mayo del 2015. Dicha normativa es de acatamiento obligatorio tanto para el ICE como para sus clientes.
Normativa técnica (figuras ilustrativas)
Requisitos particulares:
Para este servicio se solicita aportar la siguiente información:
- Los indicados en los Requisitos Comunes del Grupo ICE.
- Se requiere certificación literal emitida por el Registro Nacional, certificación notarial con fecha de no más de un mes de emitida o escritura de compraventa que demuestre que se encuentra en trámite de inscripción ante el Registro Público debidamente autenticada. Se aclara que las opciones de compraventa, no son válidas. Para los casos de no ser el dueño registral, se requiere autorización del propietario. Para casos de inmuebles no inscribibles, se requiere cualquier documento que demuestre su derecho de posesión, (ART. 32 –i de SUCOM).
- Aportar la boleta “Constancia de Recibido” para el caso de cambio de provisional a definitivo, emitida por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica (CFIA). Para el caso de inmuebles ya construidos, aportar la boleta o número de “Solicitud de Sellado de Planos Eléctricos”, también emitida por el CFIA.
d. Se requiere copia de la lámina eléctrica, donde este el diagrama unifilar o copia del diagrama unifilar, firmado por el ingeniero responsable (Art. 12 SUINAC), debe especificar calibres y material de cableado.
e. Se requiere la carga (KW) a instalar, para el cálculo del depósito de garantía.
Nota: De no contarse con la capacidad eléctrica para soportar la carga solicitada, en el sitio de la instalación y/o se requiera instalar transformadores o extensión de líneas adicionales, la empresa no está en la obligación de brindar el servicio, salvo que el interesado corra con los gastos y para tal efecto, deberá solicitar el Estudio de Ingeniería correspondiente.
Requisitos comunes para todos los servicios
Para cualquiera de los servicios ofrecidos será requisito la presentación de los siguientes requisitos comunes.
Personas Físicas:
- Presentar original de cédula de identidad vigente para nacionales o documentos que acrediten la permanencia en el país en caso de ser extranjeros, estos podrán ser: cédula de residencia, permiso temporal de radicación, carné de refugiado, carné de residente pensionado, de residente rentista, carné de asilado territorial o pasaporte.
Personas Jurídicas:
- Presentar original de la cédula de identidad, cédula de residencia o pasaporte del representante legal.
- Presentar certificación original o digital emitida por el registro nacional, de personería jurídica (no más de un mes de emitida). En caso de ser digital, el cliente puede mostrar el documento impreso por el sistema de certificaciones y consultas del Registro Nacional, el cual tiene una vigencia de 15 días naturales.
- Entregar poder especial del representante legal, en caso de ser requerido.
Nota: En caso que tramite un tercero, deberá presentar autorización del interesado, autenticada, sobre el trámite a realizar.